El Observatorio Español del Seguro del Alquiler (OESA) ha advertido de que la comercialización de seguros no regulados de impago de alquiler en España se ha duplicado en el último año, por lo que aconseja a los propietarios de la necesidad de comprobar detenidamente que los productos que adquieren de protección del Alquiler son seguros regulados.

En una nota, OESA explica que el “enorme éxito conseguido por los seguros de impago de alquiler y las ventajas que aportan a los propietarios (asegurando el cobro de las rentas en caso de impago), e inquilinos (evitando los avales bancarios o depósitos como requisitos para alquilar y dándoles acceso a vivienda) está provocando el nacimiento de productos de protección que se comercializan como seguros, pero no lo son”.

Estas garantías, aunque muchas se comercialicen, incluso, con la denominación de seguro, no son productos aseguradores y, por tanto, “ni están diseñados con una base técnica actuarial, ni regulados por la Dirección General de Seguros”, recalca el OESA.

Al no otorgar derechos, ni seguridad como consumidor de productos y servicios financieros, el observatorio advierte de que “complica enormemente cualquier tipo de reclamación”. En este sentido, recuerda que los seguros están diseñados financieramente con una base técnico-actuarial por entidades aseguradoras de gran solvencia y estabilidad financiera, regulados y respaldados en caso de quiebra, entre otros motivos, por el Consorcio de Compensación de Seguros y son los únicos que pueden asegurar los derechos y dar protección a los consumidores de servicios y productos financieros.