Imagen de un Pleno del Congreso.

El Pleno del Congreso de los Diputados celebra esta mañana el debate de totalidad del proyecto de Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, a la que se ha presentado una enmienda de totalidad. Está previsto que el ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, sea el miembro del Gobierno que defiende el proyecto de ley de reforma hipotecaria.

Los diputados debatirán y votarán la enmienda con texto alternativo presentada por Unidos Podemos, que busca “garantizar a las personas consumidoras adquirientes de viviendas mediante la concesión de préstamos por entidades financieras, un régimen jurídico proteccionista seguro, ágil y eficaz”. La ley de reforma hipotecaria planteada por el Gobierno tiene dos partes. La primera es la transposición de una directiva europea, a la que se unen una serie de medidas en las que se va más allá de las indicaciones comunitarias, según explicó el Ministerio de Economía.

En cuanto a la transposición de la directiva, ésta sólo se aplica a personas físicas particulares, aunque el Gobierno propone que se extienda también a aquellas que realizan actividades empresariales, es decir, autónomos. La parte de la ley que se refiere a la trasposición de la directiva recoge tres aspectos: normas de conducta, normas de protección del deudor hipotecario y regulación de los intermediarios financieros.

En cuanto a las normas de conducta, el Gobierno busca que quienes intervengan en el mercado hipotecario tengan capacitación y profesionalización, con el fin de prestar toda la información que requiere el prestatario y evaluar su solvencia. Además, se eliminarán determinados incentivos para el profesional del banco que estuvieran vinculados a captar hipotecas y se prohíben operaciones vinculadas, como tener que adquirir otros productos.

Por otra parte, se abordan una serie de normas de protección del deudor hipotecario, con referencias a la posibilidad de amortización anticipada de la hipoteca (se va a permitir que se haga en cualquier momento durante la vida del contrato y limitar la retribución que pueda percibir el banco) y a facilitar convertir a euros prestamos en divisas extranjeras. En lo que se refiere a la regulación de los intermediarios financieros, habrá una supervisión constante a quienes dan préstamos, con control del Banco de España o de las comunidades autónomas.

Desde el Gobierno han indicado que en una segunda parte, esta ley recoge una serie de medidas para ir más allá de lo que va la directiva comunitaria, y que recoge aspectos precontractuales, vinculadas a la firma del contrato y a la ejecución del mismo. En las medidas precontractuales, el cliente tendrá que recibir por parte del banco la ficha de información normalizada y otra con advertencias estandarizaras con las cláusulas que puedan ser potencialmente más peligrosas. Además, se tendrá que informar al cliente de las estimaciones con diversos escenarios en casos de tipos variables e información desglosada sobre los gastos.

En lo que se refiere a quién tiene que asumir algunos gastos relacionados con el contrato hipotecario, en el mismo se ha de decir con absoluta claridad quién tiene que asumir cada gasto. Antes de firmar el contrato, el notario ha de realizar una comprobación de que el cliente ha recibido y entendido toda esa información, y lo hará constar en un acta junto a la firma manuscrita del propio prestatario. Este procedimiento será gratuito.